Los animales forman parte de nuestro entorno, se integran en nuestras familias y algunos de ellos facilitan incluso los avances biomédicos. En contraprestación, a veces los maltratamos y los utilizamos sin respetar los derechos que la propia ley les concede; otras, en cambio, somos capaces hasta de nombrarlos herederos universales de lo poco o mucho que dejemos al morir.
De hecho, no son raras las noticias sobre perros que ganan herencias millonarias, sobre todo en Estados Unidos. Pero ¿qué dice la ley en nuestro país al respecto? Aunque es imposible aplicar a un animal la condición legal de heredero, "sí se puede designar como beneficiario de un testamento o de un legado", asegura a MUY Nuria Menéndez de Llano, abogada especializada en derecho animal en el bufete Menéndez de Llano y directora del Departamento Legal del Observatorio Justicia y Defensa Animal.
Para que el animal viva de manera digna cuando su dueño desaparezca, existen diferentes fórmulas legales. Una persona puede señalar en su testamento que su animal sea el beneficiario, indicando que una cantidad de su dinero se destine a ese fin, como cuidados, manutención o asistencia veterinaria. Su cumplimiento podrá ser vigilado por un albacea. "También es factible nombrar a una entidad de protección animal para que cuide de las necesidades vitales y asistenciales que necesite la mascota a lo largo de su futura vida", añade la letrada.
Existen casos de herencias tan llamativas como la del perro pastor alemán Gunther IV, en quien recayó la fortuna de su padre, Gunther III, que a su vez había heredado casi 200 millones de dólares (unos 180,5 millones de euros) de su dueña, una condesa alemana llamada Karlotta Liebenstein, que era una gran amante de los animales.
Existen casos de herencias tan llamativas como la del perro pastor alemán Gunther IV, en quien recayó la fortuna de su padre, Gunther III, que a su vez había heredado casi 200 millones de dólares (unos 180,5 millones de euros) de su dueña, una condesa alemana llamada Karlotta Liebenstein, que era una gran amante de los animales.
¿Amparados por la ley?
En el otro extremo se encuentran los animales que se enfrentan a la peor cara del ser humano; y eso pese a que no solo el Homo sapiens posee derechos. Ya en 1977, se adoptaba la Declaración Universal de los Derechos Animales, pero, como toda declaración, es un documento no vinculante, lo que significa que ningún país está obligado a acatarla. El artículo primero destaca que “todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia”. El texto también reconoce el derecho al respeto, a los cuidados del hombre o a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo. En el caso de la fauna salvaje, el documento indica que esta tiene derecho a vivir libre en su ambiente natural.
En el otro extremo se encuentran los animales que se enfrentan a la peor cara del ser humano; y eso pese a que no solo el Homo sapiens posee derechos. Ya en 1977, se adoptaba la Declaración Universal de los Derechos Animales, pero, como toda declaración, es un documento no vinculante, lo que significa que ningún país está obligado a acatarla. El artículo primero destaca que “todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia”. El texto también reconoce el derecho al respeto, a los cuidados del hombre o a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo. En el caso de la fauna salvaje, el documento indica que esta tiene derecho a vivir libre en su ambiente natural.
A principios de este año se producía un hecho sin precedentes en España: por primera vez una persona que dejó morir a su perro de inanición está cumpliendo la pena de un año de cárcel que le fue impuesta. El mismo tribunal, el Juzgado de lo Penal n.º 8 de Palma, condenó a prisión unos meses antes a un hombre por matar a garrotazos a uno de sus caballos. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Palma admitió el recurso del condenado y le cambió la pena de cárcel por un programa de protección animal.